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Nueva Versión Internacional
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31
|Levítico 16:31|
Será para ustedes un día de completo reposo, en el cual ayunarán. Es un estatuto perpetuo.
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32
|Levítico 16:32|
»La propiciación la realizará el sacerdote que haya sido ungido y ordenado como sucesor de su padre. Se pondrá las vestiduras sagradas de lino,
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33
|Levítico 16:33|
y hará propiciación por el lugar santísimo, por la Tienda de reunión y por el altar. También hará propiciación por los sacerdotes y por toda la comunidad allí reunida.
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34
|Levítico 16:34|
»Este les será un estatuto perpetuo: Una vez al año se deberá hacer propiciación por todos los israelitas a causa de todos sus pecados». Y se hizo tal como el SEÑOR se lo había mandado a Moisés.
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