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Leer por capítulos:
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Biblia de Jerusalén (1976)
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1
|Deuteronomio 15:1|
Cada siete años harás remisión.
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2
|Deuteronomio 15:2|
En esto consiste la remisión. Todo acreedor que posea una prenda personal obtenida de su prójimo, le hará remisión; no apremiará a su prójimo ni a su hermano, si se invoca la remisión en honor de Yahveh.
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3
|Deuteronomio 15:3|
Podrás apremiar al extranjero, pero a tu hermano le concederás la remisión de lo que te debe.
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4
|Deuteronomio 15:4|
Cierto que no debería haber ningún pobre junto a ti, porque Yahveh te otorgará su bendición en la tierra que Yahveh tu Dios te da en herencia para que la poseas,
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5
|Deuteronomio 15:5|
pero sólo si escuchas de verdad la voz de Yahveh tu Dios cuidando de poner en práctica todos estos mandamientos que yo te prescribo hoy.
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6
|Deuteronomio 15:6|
Sí, Yahveh tu Dios te bendecirá como te ha dicho: prestarás a naciones numerosas, y tú no pedirás prestado, dominarás a naciones numerosas, y a ti no te dominarán.
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7
|Deuteronomio 15:7|
Si hay junto a ti algún pobre de entre tus hermanos, en alguna de las ciudades de tu tierra que Yahveh tu Dios te da, no endurecerás tu corazón ni cerrarás tu mano a tu hermano pobre,
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8
|Deuteronomio 15:8|
sino que le abrirás tu mano y le prestarás lo que necesite para remediar su indigencia.
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9
|Deuteronomio 15:9|
Cuida de no abrigar en tu corazón estos perversos pensamientos: «Ya pronto llega el año séptimo, el año de la remisión», para mirar con malos ojos a tu hermano pobre y no darle nada; él apelaría a Yahveh contra ti y te cargarías con un pecado.
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10
|Deuteronomio 15:10|
Cuando le des algo, se lo has de dar de buena gana, que por esta acción te bendecirá Yahveh, tu Dios en todas tus obras y en todas tus empresas.
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Sugerencias
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